Renace una vez más el debate por la construcción de infraestructura hotelera dentro del Parque Nacional Natural Tayrona. Han hablado, sin duda con más prudencia, los promotores del proyecto turístico de lujo Six Senses.
También se afirma que las comunidades indígenas han dado un aval a la pretendida obra, aunque, como se leyó en carta del cabildo gobernador arhuaco publicada ayer en este diario, dicho aval proviene de quienes se creen “más indios que los indios” y desautorizan a las autoridades centenarias de la Sierra Nevada de Santa Marta. Faltaría, para completar el cuadro de imprecisiones, el parecer de algún vocero de la autoridad ambiental que dijera que se trata de un “proyecto sostenible”.
Lo que está en juego de nuevo con el parque Tayrona, como ya lo señalamos aquí con ocasión de la pasada controversia que creíamos cerrada, no es sólo la conservación de la naturaleza y el manejo ambiental; ni siquiera la muy respetable percepción de los pueblos indígenas asentados allí o en el gran territorio de la Sierra Nevada de Santa Marta. Lo que está verdaderamente en juego no es otra cosa que la figura misma de parque nacional natural, consagrada en la Constitución, y que tiene un estándar preciso de gestión mundial respaldado por Colombia a través del Convenio de Diversidad Biológica.
Los parques nacionales naturales son parte inalienable del patrimonio público de la Nación, y dentro de ellos, en una situación de gestión normal, sólo es permitido el uso para la investigación científica y el uso público dentro de un esquema de visitas controladas. Es aquí donde surge justamente el desvío de la discusión. Como no hemos tenido una gestión histórica suficiente, sobre el área protegida se han venido acumulando irregularidades, pretensiones y hasta un peligroso olvido. El asunto parece hoy volcarse, sin embargo, sobre las tierras legalmente adquiridas y en las cuales, a falta de una solución mejor, acorde con el carácter de área protegida pública, renace otra vez la pretensión de los propietarios de desarrollar infraestructura.
Podría afirmarse que en los parques naturales se puede hacer ecoturismo, término sobre el cual se basa la pretensión y el estándar del proyecto en cuestión. Pero se confunde ecoturismo, como un término genérico, con el estándar técnico de la actividad de uso público permitida dentro de los parques nacionales naturales. ¿Qué tal si algún actor privado demostrara, por ejemplo, que es capaz de garantizar en un parque nacional una mayor conservación de la naturaleza? Sólo porque hay confluencia de fines o incluso mayor efectividad de medios, su intervención no queda automáticamente permitida dentro de un área protegida de este tipo.
En esto, los voceros de las comunidades originarias deberían hacer claridad sobre lo fundamental: el parque natural como patrimonio público. Sobre esta identidad, y su adecuado manejo, deberían manifestarse la Unidad Administrativa de Parques Nacionales, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Incoder. Un supuesto aval indígena, aun si no fuere cuestionable, no sería de todos modos suficiente. Una cosa es el vacío histórico de gestión y el respeto a la opinión de los pobladores locales, y otra, que parece olvidada, la razón fundamental de existencia de este tipo de áreas, que esperamos no caiga en el vaivén de la opinión, la retórica de la sostenibilidad o el olvido.
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